Cada vez más habitantes de las ciudades eligen la bicicleta como alternativa ecológica al coche y a la moto. Pero mucha gente no sabe a partir de qué edad puede circular por la calzada ni qué normas debe respetar. Esta guía repasa las reglas básicas del ciclista en España, según la normativa de la DGT, y qué conviene tener en cuenta con niños o bicicletas eléctricas. Las ordenanzas de cada ciudad pueden añadir sus propias reglas, así que consulta también las de tu municipio.

Conocer estas normas no solo evita multas: en caso de accidente o de discusión con los agentes de tráfico, es importante saber si se ha infringido o no una norma.
¿A quién se considera ciclista?
Para respetar las normas, primero hay que entender las definiciones. El Reglamento General de Circulación equipara al ciclista con el resto de conductores: tiene derechos, pero también obligaciones. Si te preguntas qué tipo de vehículo es exactamente, puedes leer si una bicicleta es un vehículo y a qué tipo pertenece.
Un ciclista es la persona que conduce una bicicleta, es decir, un vehículo de dos o más ruedas accionado por el esfuerzo muscular de quien lo ocupa mediante pedales.

Las bicicletas con pedaleo asistido (eléctricas) llevan un motor auxiliar de hasta 250 vatios que deja de ayudar al alcanzar los 25 km/h. Se consideran bicicletas, y quienes las usan están sujetos a las mismas normas que el resto de ciclistas.

Si vas a pie junto a la bicicleta, sujetándola, eres peatón y no ciclista: puedes usar la acera y los pasos de peatones con las normas de los peatones. Es útil, por ejemplo, para cruzar una calzada por un paso de peatones: baja de la bicicleta y crúzalo caminando.
Edad y circulación
La normativa estatal no fija una edad mínima general para montar en bicicleta, pero sí introduce obligaciones que dependen de la edad y del lugar por donde se circule.
Los niños más pequeños deben aprender en espacios sin tráfico: parques, zonas peatonales compartidas o patios. Mientras necesiten ruedas adicionales, es mejor que pedaleen siempre acompañados de un adulto. Las aceras y zonas peatonales están en general prohibidas a las bicicletas, salvo que estén señalizadas como carril bici compartido con peatones o que la ordenanza municipal lo permita, por ejemplo para niños acompañados por un adulto a pie y a velocidad de paseo.

Cuando el niño domina la bici y las señales básicas, puede salir a la calle acompañado de un adulto, usando siempre que existan los carriles bici y las calles de poco tráfico. Los menores de 16 años deben llevar casco en la ciudad; en carretera el casco es obligatorio para todos los ciclistas, con tres excepciones: subidas prolongadas, razones médicas y calor extremo. No llevarlo cuando es obligatorio se sanciona con 200 euros.

Los adolescentes y adultos circulan por la calzada, lo más cerca posible del borde derecho, dejando una separación de seguridad con el bordillo y con los vehículos estacionados. En la ciudad, si hay carril bici, úsalo: es lo más seguro.
Fuera de poblado, el ciclista circula por el arcén derecho si es transitable y suficientemente ancho; si no, por la calzada. Puede ir en columna de a dos, pero debe orillarse a la derecha cuando se aproxime un vehículo.
Algunas situaciones requieren un cuidado especial:
- En las rotondas, circula por el carril de la derecha y avisa con el brazo antes de salir.
- De noche o con poca visibilidad, lleva luces y catadióptricos, y no confíes solo en las farolas.
- En las vías muy transitadas, elige calles alternativas o carriles bici en lugar de la calzada principal.
¿Por dónde se puede circular?
No está permitido circular en bicicleta por todas las vías: por ejemplo, está prohibido en las autopistas, y en las autovías hay que atenerse a la señalización de cada tramo. Según el tipo de vía y las ordenanzas, podrás circular por la calzada, el arcén, los carriles bici y las vías ciclistas.
Hay además algunos requisitos adicionales.
Si en una acera, zona peatonal o camino compartido tu circulación molesta a los peatones, baja de la bicicleta y condúcela a pie.
Respeta siempre la señalización de cada vía: los carriles bici segregados son exclusivos para ciclistas, y en los de uso compartido con peatones, los peatones tienen preferencia.
En las zonas ciclistas señalizadas circula a velocidad moderada (la ordenanza de tu ciudad puede fijar un máximo) y presta atención a los peatones que cruzan.

¿Qué normas deben respetar los ciclistas?
El ciclista está sujeto a las mismas normas de circulación que los demás conductores: semáforos, señales, prioridades y maniobras. Solo las normas específicas de los vehículos a motor, como el permiso de conducir, no le afectan. Entre los requisitos obligatorios destacan varios puntos.
Antes de ponerte en marcha, comprueba el estado de los frenos, la dirección, los neumáticos y el timbre, que es obligatorio. De noche o con poca visibilidad, la bicicleta debe llevar luz blanca delante, luz roja detrás y catadióptricos, y fuera de poblado, además, una prenda reflectante.
El ciclista indica las maniobras con el brazo: extiéndelo hacia el lado al que vas a girar. Antes de cualquier giro, mira atrás y asegúrate de no interferir con otros usuarios de la vía.

Conviene avisar de la maniobra o de la frenada con suficiente antelación. Los ciclistas con experiencia recomiendan evitar los frenazos bruscos, porque pueden hacerte perder el control.
El ciclista debe detenerse ante un semáforo en rojo y extremar la precaución en los pasos de peatones. Si te bajas de la bicicleta y la llevas a pie, estás sujeto a las mismas normas que los demás peatones.

Lo que un ciclista no puede hacer
Hay una serie de conductas prohibidas que conviene conocer:
- circular con una tasa de alcohol superior a la permitida, que es la misma que para el resto de conductores (0,5 g/l en sangre o 0,25 mg/l en aire espirado);
- usar auriculares o el teléfono móvil mientras pedaleas;
- circular por aceras o zonas peatonales no habilitadas;
- saltarse semáforos y señales de tráfico;
- agarrarse a otros vehículos o ir remolcado por ellos;
- llevar pasajeros que no cumplan la norma: solo se permite un menor de hasta 7 años, en un asiento adicional homologado y con un conductor mayor de edad.
Estas infracciones pueden acarrear sanciones, y la decisión de imponerlas corresponde a los agentes de tráfico.
Sanciones por infringir las normas
Conducir una bicicleta incumpliendo las normas puede acarrear multa: el ciclista está sujeto al mismo régimen sancionador que los demás conductores, aunque las infracciones no restan puntos del carné.
Por ejemplo, no llevar casco cuando es obligatorio se sanciona con 200 euros, y dar positivo en alcohol, con entre 500 y 1.000 euros según la tasa y la reincidencia. Son importes orientativos de la DGT: comprueba siempre los vigentes.

Si un ciclista obstaculiza a otros vehículos o provoca lesiones, la sanción es proporcional a la gravedad. Para las infracciones leves, los agentes rara vez intervienen, pero eso no significa que puedas interpretar las normas como mejor te parezca.

Debes conocer y respetar las normas de tráfico para evitar crear situaciones peligrosas para los demás usuarios de la vía pública.

